¿Qué es el principio de que quien contamina paga?

El principio de «quien contamina paga» es una práctica del derecho medioambiental internacional que asigna reparaciones a las partes responsables de producir contaminación. Esto puede adoptar la forma de limpiar ellos mismos según las directrices de la EPA o de contribuir económicamente a reembolsar a los gobiernos locales y federales los esfuerzos de limpieza. Por ejemplo, cuando una fábrica industrial produce una sustancia tóxica como subproducto de su actividad productiva, la empresa propietaria de la fábrica es responsable de la eliminación segura de esa sustancia. 

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El principio de «quien contamina paga» y el derecho medioambiental

En 1974, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos adoptó por primera vez el principio de «quien contamina paga», defendiendo que quienes producen la contaminación deben asumir el coste de su gestión mediante reparaciones o esfuerzos de limpieza para evitar daños al medio ambiente y a la salud humana. El principio se reafirmó en la Ley de Respuesta Ambiental Integral, Compensación y Responsabilidad de los Estados Unidos (también conocida como CERCLA o «Superfund») en 1980; esto fue en gran medida en respuesta a una serie de desastres ambientales que recibieron la atención de los medios de comunicación a finales de la década de 1970, concretamente los vertederos de residuos tóxicos en el Canal del Amor, en el borde oriental de las cataratas del Niágara, Nueva York, y el Valle de los Tambores, cerca de Louisville, Kentucky.

El Superfondo confiere a la EPA la autoridad para buscar e identificar a las partes responsables de la contaminación medioambiental, y luego obligarlas a realizar limpiezas por sí mismas o a reembolsar al gobierno los trabajos de limpieza dirigidos por la EPA. La EPA está autorizada a aplicar la CERCLA en los 50 estados y territorios de EE.UU.; las acciones y programas de identificación, seguimiento y respuesta se coordinan a través de la agencia de protección ambiental o de gestión de residuos de cada estado.

Pros y contras

El principio de «quien contamina paga» es una herramienta cada vez más valiosa desde el punto de vista legal, ya que responsabiliza a las empresas de sus acciones y les da incentivos financieros para minimizar la generación de contaminantes potencialmente tóxicos, proporcionar tratamientos para la contaminación generada internamente como parte de su modelo de negocio, e invertir en tecnologías más limpias. También quita la carga a los contribuyentes locales y a las comunidades afectadas por esa contaminación.

Obligar a los contaminadores a asumir los costes reales de su propia contaminación suena muy bien en teoría, pero como ocurre con la mayoría de las facetas de la acción legal en Estados Unidos, todavía hay que superar algunos obstáculos. Por ejemplo, no siempre es fácil calcular los costes exactos de la contaminación ambiental.

También existe el peligro de que se produzca un círculo vicioso en el que las partes contaminantes están comprando básicamente el derecho a contaminar. El dinero que las empresas pagan para limpiar la contaminación sale del dinero que obtienen en ingresos de las actividades que crean la contaminación en primer lugar, lo que significa que pueden estar destruyendo más recursos para compensar las pérdidas financieras que se destinan a las tasas de pago por contaminación. Se podría argumentar que si las partes responsables no quieren dedicar tiempo a invertir en tecnologías más limpias, el pago de los contaminadores podría fomentar prácticas continuamente contaminantes en lugar de disuadirlas.

Aplicaciones en el mundo real

El principio de quien contamina paga está comúnmente aceptado y se ha aplicado a numerosos casos de derecho medioambiental desde su creación.

El lago Smith y el lago Mariano, en Nuevo México

En 2008, la EPA se asoció con el Departamento de Energía, la Oficina de Asuntos Indígenas, el Servicio de Salud Indígena y el Comité de Regulación Nuclear para desarrollar un plan de cinco años para abordar las minas de uranio abandonadas en el suroeste del Pacífico. La política de quien contamina paga entró en juego en 2015, cuando la EPA identificó a la Compañía Minera Homestake de California por la contaminación y los riesgos de seguridad en sus cuatro minas de uranio abandonadas en Mariano Lake y Smith Lake, en la Nación Navajo (la mayor reserva indígena de Estados Unidos). En la primera fase de limpieza, se exigió a Homestake que realizara estudios sobre la radiación en los emplazamientos de las minas, que mitigara y solucionara las zonas de la superficie (como los agujeros abiertos) que pudieran poner en peligro a las personas o a los animales, que colocara señales de advertencia bilingües alrededor de los emplazamientos de las minas y que reservara fondos para futuras limpiezas de la EPA.

A.C. Lawrence, Maine

Durante 20 años, entre 1955 y 1975, la empresa A.C. Lawrence Leather Company vertió los lodos de la tenería en varias lagunas de South Paris, Maine. Cuando la curtiduría cerró, las lagunas de lodos se cubrieron de grava, para ser descubiertas años más tarde, en el año 2000, cuando los residentes locales empezaron a quejarse de un «exudado verde» procedente del río adyacente al lugar. Las investigaciones de la EPA descubrieron una capa de 6.200 yardas cúbicas de contaminantes que contenían cromo, plomo y compuestos orgánicos volátiles (COV) presentes en el suelo desde dos pies y medio por debajo de la superficie del suelo hasta 14 pies por debajo de la superficie del suelo. La limpieza costó aproximadamente 5 millones de dólares.

Dado que la empresa de curtidos había cerrado hacía años, la EPA se propuso descubrir quién era exactamente el culpable de la contaminación generalizada, y a través de una serie de «complejas transacciones corporativas» nombró a ConAgra Grocery Products Company como sucesora de la A.C. Lawrence Leather Company. Tras una serie de negociaciones, la EPA llegó a un acuerdo contra ConAgra en 2014, que fue obligada a pagar 5,7 millones de dólares para reembolsar el coste de la limpieza en el emplazamiento de lodos de South Paris, Maine.

Puerto de New Bedford, Massachusetts

Desde la década de 1940 hasta la de 1970, Aerovox Corp. era propietaria y operaba una instalación de fabricación de condensadores eléctricos en la orilla occidental del puerto de New Bedford, Massachusetts. Durante ese tiempo, la empresa vertió en el puerto sustancias peligrosas, incluido el bifenilo policlorado (caracterizado por la EPA como probable carcinógeno en humanos). En 2012, la EPA llegó a un acuerdo de conciliación con AVX Corp., cuyo predecesor corporativo era Aerovox Corp., por un importe de 366,25 millones de dólares más intereses para llevar a cabo las labores de limpieza durante los cinco a siete años siguientes.

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